ROBERTO C GOMEZ SANCHEZ - EMPRENDEDOR

martes, 27 de febrero de 2024

Educación Financiera recibirán los colegiales

VIRÚ.- La Ley 31900, es la Ley que declara de interés nacional la incorporación en el Currículo Nacional de la Educación Básica de contenidos curriculares de estudios sobre educación financiera y tributaria, contabilidad, economía y derechos del consumidor.

Esta ley fue publicada en octubre del 2023, y tiene por objetivo incentivar conocimientos en educación financiera a los alumnos en edad escolar

Viruvirtual tuvo la oportunidad de entrevistar al Director de la I.E. Virú Rigoberto Mondragon Cervera quien indico que los alumnos ya vienen recibiendo dichos contenidos y lo que busca que el gobierno dar más énfasis en temas de educación financiera y tributaria, contabilidad entre otros  

Es muy importante recibir o tener conocimientos de Educación Financiera ayuda mucho en la economía del hogar como en los negocios, es importante administrar bien el dinero esto nos hace responsables de una buena economía destaco un padre de familia.

lunes, 26 de febrero de 2024

20 REGIONES EN EMERGENCIA SANITARIA

El titular del Ministerio de Salud Cesar Vásquez afirmó “veinte regiones serán declaradas en emergencia sanitaria por el dengue y se esta evaluando que en las próximas horas se publique a través de un Decreto Supremo, dicha medida será publicada e el Diario Oficial El Peruano

28 fallecidos es el reporte del presente año y representa un 95% de aumento con el año pasado fue 12,264 contagiados y 18 muertos.

En Virú, la Municipalidad Provincial de Virú en coordinación con la Red Virú, vienen fumigando las viviendas a fin de minimizar la propagación del Dengue.


lunes, 12 de febrero de 2024

Congestión Vehicular en el sector La Alameda

Dos vehículos estacionados muy cerca uno del otro, fue la causante de la congestión vehicular en el sector La Alameda la mañana del día de hoy, La Avenida La Alameda es una zona transitable de vehículos de carga ligera y en algunos casos de transporte pesado. Los señores transportistas no deben dejar sus unidades vehiculares estacionadas y abandonadas un buen tiempo.

Los vecinos del sector La Alameda piden presencia de Policías de Tránsito como Inspectores para que no se vuelve a repetir este mal impase que ocasiona más de una incomodidad en los vecinos y comerciantes de la zona.       



lunes, 5 de febrero de 2024

Nayib Bukele reelegido Presidente de El Salvador


Nayib Bukele fue reelegido Presidente de la República con un rotundo 83% de votos a favor, jamás visto antes en la historia de El Salvador, esto se debe a su política de la primera gestión en reducir la delincuencia, el pandillaje para lo cual implanto un gobierno con un régimen de excepción.

En el Perú también se podría aplicar esto según el Articulo 137. En el Capítulo VII de la constitución Política del Perú se habla del régimen de excepción   

Régimen de excepción

Artículo 137.- El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan:

1. Estado de emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo. En ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie. El plazo del estado de emergencia no excede de sesenta días. Su prórroga requiere nuevo decreto. En estado de emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República.

2. Estado de sitio, en caso de invasión, guerra exterior, guerra civil, o peligro inminente de que se produzcan, con mención de los derechos fundamentales cuyo ejercicio no se restringe o suspende. El plazo correspondiente no excede de cuarenta y cinco días. Al decretarse el estado de sitio, el Congreso se reúne de pleno derecho. La prórroga requiere aprobación del Congreso.

No sabemos si este gobierno o el próximo se atreva a tomar esta medida y si el pueblo peruano esta preparado para asimilarlo.